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Mediación Familiar

Tu bienestar y el de tu familia son importantes, incluso cuando hay conflictos. Por eso facilitamos el diálogo y los acuerdos en las disputas familiares, reduciendo los costes emocionales y económicos para tu familia en casos de crisis o ruptura.

Listado de centros de desarrollo de mediación familiar

Los Centros en los que se desarrollen programas de mediación familiar así como los Puntos de Encuentro Familiar, serán objeto de inscripción con la siguiente información:

  • Denominación y naturaleza jurídica del centro.
  • Datos acerca de la titularidad o composición de los órganos rectores o de gobierno.
  • Dirección e instalaciones del centro.
  • Reglamento de funcionamiento o régimen interior del centro.
  • Mediadores familiares que trabajan o colaboran con el centro.
  • Informe anual favorable de la Consejería competente en materia de asuntos sociales acerca de la actividad del centro.
  • Subvenciones anuales recibidas de organismos e instituciones públicas.

Las entidades responsables de estos Centros comunicarán al Registro la información a que se refiere el anterior apartado. Cualquier cambio en los datos a que se refieren los apartados a) a d) deberá comunicarse al Registro tan pronto como se produzca. Respecto a la restante información, se actualizará anualmente en el semestre siguiente al año natural al que se refiera.

Uno de los pilares del sistema de la Mediación Familiar en Canarias es el constituido por los Puntos de Encuentro Familiar, espacios neutrales que favorecen las relaciones de los menores con sus padres en situaciones de conflicto familiar.

En la actualidad existen en Canarias dos Puntos de Encuentro, uno en Gran Canaria y uno en Tenerife:

  • CALLE SOR BRÍGIDA, 1 LAS PALMAS DE GRAN CANARIA

    928 314 200 / 928 314 700

  • CALLE LA LOAS, 9 EDIFICIO DE USOS MÚLTIPLES II, 1A PLANTA SANTA CRUZ DE TENERIFE

    Gestionado por la Fundación Canaria "Centro de Atención a la Familia de Tenerife"

    922 615 099

Solicita servicios de mediación familiar

Formaliza uno de los modelos de solicitud

  • Solicitud de Mediación Familiar sin gratuidad de la mediación para ninguna de las partes

    Tramita online tu solicitud o puedes descargar el formulario de solicitud para realizar el trámite de forma presencial

  • Solicitud de Mediación Familiar con gratuidad de la mediación para alguna o todas las partes

    Tramita online tu solicitud o puedes descargar el formulario de solicitud para realizar el trámite de forma presencial.

    • Litigar en defensa de derechos o intereses propios.
    • Personas físicas: sus recursos e ingresos económicos, computados anualmente por todos los conceptos y por unidad familiar, no deberán superar el doble del salario mínimo interprofesional vigente en el momento de efectuar la solicitud. Excepcionalmente, aun superando dichos límites, en atención a circunstancias familiares, número de hijos, estado de salud, etc., no excediendo del cuádruplo del salario mínimo interprofesional* (Art. 5 de la Ley 1/1996 de 10 de Enero).
    • Personas Jurídicas: cuando su base imponible en el Impuesto de Sociedades sea inferior al triple del salario mínimo interprofesional* en cómputo anual.

    * Salario mínimo interprofesional para 2002 según RD 1466/2001 de 27 de diciembre/BOE núm. 311 de 28 de diciembre: 14,74 €/día - 442,20 €/mes

  • Solicitud de mediación familiar gratuita
  • Certificación de Hacienda sobre la declaración del patrimonio
  • Certificado de empadronamiento
  • Documento acreditativo de pago de impuestos
  • Justificantes de pago de la Seguridad Social.
  • Libro de familia
  • Certificado de signos externos.
  • Declaración renta último año.
  • Nómina último mes o certificación acreditativa de situación de desempleo o de percepción de prestaciones o declaración jurada de ingresos.
  • Recibo alquiler vivienda.
  • Sentencia de separación o divorcio y convenio regulador.
  • Certificación del Catastro e impuesto de actividades económicas.

Dónde presentar la solicitud

Diríjase a cualquiera de las oficinas de registro del Gobierno de Canarias, así como a los demás registros regulados por el art 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Plazo de Resolución

2 meses

Normativa

Normativa autonómica

Ley 15/2003, de 8 de abril, de la Mediación Familiar (BOC N° 085, de 6.5.2003).

Decreto 144/2007, de 24 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley de la Mediación Familiar. (BOC N° 114, de 8.6.2007).

Normativa estatal

Ley 5/2002, de 6 de julio, de mediación en asuntos civiles y mercantiles. (BOC N° 162, de 7.07.2012).